Continuamos con nuestra serie de artículos para ayudaros con las normativas y los equipos de protección adecuados. Este mes os contaremos acerca de los equipos de protección ocular, que no sólo incluyen las gafas de protección sino las pantallas de protección (protegen ojos, cara y algunas parte de la cabeza) y los filtros adecuados para las mismos.

Aparte del obligatorio marcado «CE» conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1407/1992, también son obligatorias las marcas identificadoras del grado de protección para el caso de oculares filtrantes.

Los equipos de protección individual (EPIs) están regulados por normativas europeas que, en el caso de protección ocular y facial, hacen hincapié en proporcionar protección frente a impactos de distinta intensidad, radiaciones (de más de 0,1 nm), metales fundidos y sólidos calientes, gotas y salpicaduras, polvo, gases, arco eléctrico de cortocircuito , o cualquier combinación de estos riesgos.

Según la Normativa Europea, las gafas para uso laboral han de estar certificadas en su conjunto (monturas más lentes) no contando con certificación cada una de sus partes por separado, es decir, no se pueden utilizar monturas con oculares que no hayan sido certificados con ellas.

Algunas normas armonizadas a nivel europeo son:

Normas Europeas de Referencia
para EPIs OCULAR categorías I, II y III.

¿Qué  protectores oculares y filtros pertenecen a la categoría II ? 

EN166 Protección individual de los ojos. Requisitos.
EN169 Filtros para soldadura y técnicas relacionadas.
EN170 Filtro para ultravioletas.
EN171 Filtros para infrarrojos.
EN172 Filtros de protección solar para uso laboral.
EN175 Equipos para la protección de los ojos y la cara durante la soldadura y técnicas afines.
EN207 Filtros y gafas de protección contra la radiación láser.
EN208 Gafas de protección para los trabajos de ajuste de láser y sistema láser.

¿Qué filtros o protectores oculares son de categoría III?

  • Filtros o protectores para ambientes calurosos (igual o superior a 100º) Contra radiaciones ionizantes.
  • Contra riesgo eléctrico.
  • Contra la radiación láser.

En la parte 2 de esta serie podremos ver todo el listado de normas armonizadas o no, aplicables a las EPI oculares (ya sean gafas de protección o pantallas protección ojos y cara).

¿Como saber de qué me protegen las gafas laborales? El marcado oficial.

Si todavía no habéis pasado a verlo os aconsejamos leer  este artículo que publicamos hace tiempo sobre el marcado de las gafas de protección que va a completar lo que aquí hoy exponemos.

Equipos más pedidos de protección visual en MPSecoes (gafas y  pantallas de protección)

Equipos más pedidos de protección visual en MPSecoes (gafas y pantallas de protección)

 

Preguntas y respuestas a las gafas de protección

Algunas preguntas que suelen hacernos a los que se da respuesta oficial desde el Ministerio de Trabajo e Inmigración e Instituto de la Seguridad en Higiene en el trabajo.

¿Qué tipo de protector ocular ofrece protección frente a salpicaduras de líquidos?

En principio, tanto una pantalla facial como una gafa de montura integral que reúnan el requisito de protección frente a salpicaduras de líquidos (el símbolo de marcado sobre el protector es el número 3) ofrecen protección frente a sustancias líquidas que puedan suponer un riesgo para la salud al entrar en contacto con los ojos y/o la piel. No obstante, para seleccionar el tipo de protector más adecuado se debe tener en cuenta que la pantalla facial ofrece protección de los ojos y cara frente a salpicaduras que incidan frontal o lateralmente sobre la cara, mientras que la gafa integral ofrece protección de la región ocular frente a salpicaduras que procedan desde cualquier dirección.

NOTA: El requisito de protección frente a salpicaduras de líquidos viene establecido en la Norma UNE EN 166:2002 Protección individual de los ojos. Especificaciones

¿Cómo afecta la publicación del RD 486/2010 sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a radiaciones ópticas artificiales, a los fabricantes de gafas de protección?

El RD 486/2010 (mediante el cual se procede a la transposición al Derecho español del contenido de la Directiva 1006/25/CE), no tiene una relación directa con los fabricantes de EPI. En él se establecen unos límites de exposición que deberán ser tomados como referencia para la evaluación de riesgos y por tanto, para definir la protección requerida de los EPI cuyo uso sea necesario. Ahora bien, los valores de referencia utilizados para definir la clase de protección óptica de los filtros de los protectores oculares deberían ser coherentes con estos límites.

Por ello, el comité técnico europeo de normalización CEN/TC85, encargado de la protección ocular, decidió en su día (año 2006) que sería necesario revisar las normas implicadas. Esto ya se ha tenido en cuenta en las nuevas versiones publicadas de las normas de gafas de protección frente a la radiación láser.

¿Las gafas de protección con lentes graduadas son EPI?

Las gafas de protección con lentes graduadas son equipos de uso dual, es decir están destinados a ser utilizados tanto como producto sanitario como equipo de protección individual. Por tanto, les aplica por un lado la Directiva 93/42/CEE (RD 1591/1999) correspondiente a productos sanitarios, en lo referente a las características que influyen en la visión del usuario, y por otro la Directiva 89/686/CEE (RD 1407/1992) correspondiente a los equipos de protección individual (EPI), en lo relacionado con las características de protección que ofrezca la gafa.

Para trabajadores con problemas visuales y que por la actividad laboral que desarrollen deban utilizar protección ocular, ¿es obligatorio que el empresario les suministre gafas de protección graduadas?

Cuando un trabajador con necesidad de corrección óptica tenga que ser provisto de una gafa de protección puede ser dotado de una gafa de protección con oculares graduados, aunque ésta no es la única posibilidad que existe desde el punto de vista técnico. Existen otros tipos de protectores oculares que pueden ser compatibles con el uso simultáneo de gafas graduadas normales (por ejemplo: pantalla facial y algunos diseños de montura integral).

Por lo tanto, el empresario sólo estará obligado a suministrar gafas de protección graduadas si como resultado de la evaluación de riesgos se determina que no es adecuado utilizar alguno de los otros medios posibles.

¿Una gafa de montura integral con sistema de ventilación puede proteger frente a partículas de polvo y/o salpicaduras de líquidos?

Si la gafa de montura integral dispone de un sistema de ventilación directa (hendiduras practicadas perpendicularmente a la superficie de la montura), no puede reunir los requisitos de protección necesarios para proteger los ojos frente a la exposición de partículas de polvo (humos, nieblas, etc.) o salpicaduras/gotas de líquidos. Sin embargo, si se trata de un sistema de ventilación indirecta (hendiduras practicadas con cierta inclinación con respecto a la superficie de la montura o los llamados “botones de aireación”), la gafa puede ofrecer protección frente a partículas de polvo gruesas (p. ej. Polvo de cemento, virutas de madera, etc.) y/o salpicaduras de líquidos.

Gracias a las consultas realizadas y respuestas publicadas en la web www.insht.es para completar la información de las preguntas frecuentes.

¿Dudas?

¡ Deja tu comentario en la parte inferior de este artículo y te contestamos !